Los objetivos de la retribución social, de acuerdo a los requerimientos por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología CONACYT son:  

  • Propiciar la reflexión y conciencia sobre el compromiso ético de las becarias y los becarios sobre el apoyo que reciben gracias a las aportaciones de la sociedad mexicana, para su formación. 
  • Contribuir con diferentes estrategias para la aplicación de los resultados de investigación y su comunicación, para el mejoramiento de las condiciones de vida de las familias y comunidades. 
  • Colaborar en la atención y solución de problemas prioritarios en los contextos en donde se ubican las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación. 
  • Dar sentido y significado a los procesos educativos de formación, al articular los procesos formativos, con las realidades y problemas prioritarios de las regiones donde se realizan las investigaciones. 

 

ACTIVIDADES DE RETRIBUCIÓN SOCIAL QUE SE PUEDEN REALIZAR

 

De acuerdo a la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico, Coordinación de Apoyos a Becarios e InvestigadoresDirección de Posgrados y Dirección de Becas del CONACYT, la retribución social constituye un aspecto fundamental de la formación integral de los becarios que posibilita no sólo corresponder de diferentes maneras a la sociedad el apoyo recibido en la formación, sino que aporta elementos fundamentales para la preparación de becarios y becarias en habilidades sociales, de comunicación, de valores éticos, de identidad cultural, de sentido y significado sobre lo que se hace y sobre todo de beneficio directo para las personas, familias, grupos sociales, empresas, organizaciones, e instituciones que participaron en las investigaciones y proceso de formación. Esto articula a las personas beneficiarias de una beca en su contexto social para que construyan redes de colaboración interinstitucional que fortalezca su formación en aspectos tales como la solución de problemas prioritarios, ética de la investigación, en la comunicación social de la ciencia, y en el desarrollo de habilidades para el trabajo en equipos inter y transdisciplinarios, así como en actitudes solidarias y para la transformación social.

Es por esto que, a través de la Convocatoria Conacyt de Becas Nacionales 2021 y el Reglamento de Becas próximo a publicarse, se ha establecido como requisito acreditar actividades de retribución social mismo que será acreditado a través de los informes de la investigación documental, de campo o de laboratorio, por lo que se deberá presentar la Constancia de actividades de retribución social, como parte del trámite de conclusión de beca.

Convocatoria:

8.- LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL BECARIO, DE LA COORDINACIÓN ACADÉMICA DE PROGRAMA DEL POSGRADO POSTULANTE Y DEL CONACYT, CON MOTIVO DE LA ASIGNACIÓN DE LA BECA.

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL BECARIO

Entregar al Conacyt el informe de la investigación documental, de campo o de laboratorio, así como la Constancia de actividades de retribución social, en los términos que para esos efectos se establezcan para realizar el trámite de conclusión de la beca.

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA COORDINACIÓN ACADÉMICA DE PROGRAMA DEL POSGRADO POSTULANTE

Corroborar la entrega, al Conacyt, del informe de la investigación documental, de campo o de laboratorio, así como la Constancia de actividades de retribución social, en los términos que para esos efectos se establezcan para realizar el trámite de conclusión de la beca. presenta el plan de trabajo del Programa de Retribución Social, que se sustenta en el artículo segundo del actual Reglamento de Becas del Programa de Fomento, Formación y Consolidación de Capital Humano de Alto Nivel, en el que se establece que la retribución social es “el compromiso que adquiere el becario para colaborar al desarrollo del país en el ámbito de su formación y conocimiento.”

 

Reglamento:

ARTÍCULO 2. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá, en singular o plural, por:

XXVIII. Retribución Social: las actividades realizadas por las personas Becarias con actores de los sectores público, social o privado para promover el acceso universal al conocimiento científico y sus beneficios sociales, en particular de aquellos que deriven del proceso de formación para el que recibieron la Beca.

ARTÍCULO 16. A la persona Becaria le corresponderá, además de cumplir con el objetivo para el cual se le asigna la Beca o Apoyo complementario, lo siguiente:

 I. Obligaciones comunes:

i) Entregar al Consejo el informe de la investigación documental, de campo o de laboratorio, así como la Constancia de actividades de retribución social, en los términos que para esos efectos se establezcan.

 

De esta manera, las becarias y los becarios que obtuvieron el apoyo a partir de la citada convocatoria deberán cumplir con dicha obligación al término de su vigencia y entregar las constancias correspondientes, así como los trabajos de titulación al realizar la solicitud de conclusión de beca a través de la Jefatura de Exbecarios. Dichas constancias serán emitidas y firmadas por sus coordinadores de posgrado, con sello y firma de la Institución de Educación Superior.

 

SI VAS A REALIZAR UNA RETRIBUCIÓN SOCIAL: 1) PLATICA AL RESPECTO DE ELLO CON LA COORDINACIÓN; 2) ENVÍA AL CORREO Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. LOS DATOS ESPECÍFICOS DE TU ACTIVIDAD DE ACUERDO A LA PLANTILLA VINCULADA